miércoles, 27 de junio de 2018


Equipo comprado ¿corresponde a resultados o a activo fijo?





Equipo activo o gasto

En todas las empresas, no importando su tamaño, o si son nuevas o ya tienen años operando, siempre necesitarán equipo para su funcionamiento (o al menos la mayoría).
Cuando se adquiere equipo, es importante considerarlo dentro de la contabilidad, considerar su vida útil, si generará beneficios, etc. En sí, conocer en todo momento la situación sobre la inversión que se ha realizado; sin embargo, en ocasiones debido al costo o al tipo de equipo o bien que se adquiere, llegan a surgir dudas en cuanto a, si se considera como activo fijo o se envía directamente a resultados, en este sentido, lo mas recomendable es recurrir a la norma que le concierne, principalmente, o en la mayoría de los casos, a la NIF C-6 Propiedad, planta y equipo, para poder aclarar un poco o mucho, sobre el tratamiento que se dará al equipo o bien que recientemente se compró.

De acuerdo a la norma citada, son activos tangibles los inmuebles, la maquinaria y el equipo que:

  • posee una entidad para su uso en la producción o suministro de bienes y servicios, para arrendarlos a terceros o para propósitos administrativos; y
  • se esperan usar durante más de un periodo;
Para que un bien, adquirido por la empresa, sea considerado como activo, dependerá mucho del tiempo de su utilización y los beneficios que genere hacia la propia empresa, calculando que sea durante un largo tiempo.
Veamos que dice la citada norma en su reconocimiento general, en donde para que se dé la definición de propiedad, planta y equipo y pueda reconocerse incial y posteriormente como activo se tienen que cumplir las siguientes características:
  • Que los beneficios económicos futuros sean atribuibles al activo y fluirán hacia la entidad, usando supuestos razonables y sustentables que representen la mejor estimación efectuada por la administración del conjunto de condiciones económicas que existirán durante la vida útil del mismo
  • Que el costo de adquisición del componente pueda valuarse confiablemente para cumplir con el postulado de valuación

Análisis a la NIF C-6 respecto al activo

Lo anterior, también se puede analizar en la misma norma, ya que dice que los activos tangibles incluyen bienes físicos que se utilizarán en la producción de bienes y servicios generalmente en un periodo mayor de un año; su costo se recuperará precisamente a través de la obtención de beneficios económicos futuros, normalmente, por la realización de los artículos o productos manufacturados o de los servicios prestados; por consiguiente, son mantenidos para su uso sin un propósito inmediato de venderlos. Estos activos tangibles, salvo algunas excepciones, están sujetos a depreciación; por lo que, cuando existe la duda en cuanto al registro o rubro al que se deberá enviar el equipo comprado, tendremos que analizar, que beneficios son los que se obtendrán de dicho equipo nuevo y por cuanto tiempo se podrá disponer del mismo, principalmente, aunque en muchos casos también se llega a considerar el costo.
Quizá pueda interesarte el artículo de cómo dar un activo fijo de baja en contabilidad.
Cabe mencionar que, existen situaciones en las que el equipo, pudiera ser catalogado como otros equipos de operación, debido a su tamaño, su vida útil o a su facilidad de extravío, pero en estos casos también dependerá de las políticas década empresa, y en estos casos, sí pudiera ser considerado el registro en resultados del periodo.
Determinación de la ganancia o pérdida en la enajenación de terrenos
Por German Aviles


Ganancia enajenación terreno
Siempre que se decide enajenar algún tipo bien, la razón principal por la se realiza dicha enajenación es para obtener una ganancia, o al menos generalmente eso se espera; de acuerdo a la ley de Impuesto sobre la Renta (ISR) antes de realizar una operación como esta, que en este caso se trata de la enajenación de terrenos, se podrán considerar los efectos de la inflación sobre el precio original del bien, es decir, el costo de adquisición del terreno a enajenar se puede actualizar con base en los Índices nacionales de precios al consumidor (INPC), para posteriormente determinar el resultado, ya sea que se obtenga una ganancia o en su defecto, una pérdida.
Conforme al Art. 14 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, por ganancia de capital se entiende “aquella que es obtenida por una persona natural o jurídica que no se dedique habitualmente a la compraventa, permuta u otra forma de negociaciones sobre bienes muebles o inmuebles”.
Para determinar la ganancia por la enajenación de terrenos…
…los contribuyentes restarán del ingreso obtenido por su enajenación el monto original de la inversión, el cual se podrá ajustar multiplicándolo por el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes en el que se realizó la adquisición y hasta el mes inmediato anterior a aquél en el que se realice la enajenación.
Actualización de para cálculo de la ganancia
Entonces, para realizar la actualización, primero determinamos un factor de actualización con base en los INPC que, según el artículo citado, se obtiene de la siguiente manera:
Factor de Actualización = INPC del mes inmediato anterior a aquel en que se realice la enajenación / INPC del mes en que se realizó la adquisición.
Ahora bien, para saber cuál será la ganancia que se obtendrá por la enajenación, el procedimiento sería:
Total de ingreso que se obtuvo en la venta del terreno
Menos: Monto original de la inversión, del terreno, más la actualización
Igual: Ganancia obtenida.
Ahora veamos lo anterior con un ejemplo:
Ejemplo de ganancia en enajenación de terrenos
Un terreno que fue adquirido en febrero de 2009, con un costo de 85,000.00 Dolares, fue vendido en el mes de diciembre de 2017 en 178,500.00 Dolares; el resultado que se obtuvo fue el siguiente:
Actualización del costo de adquisición:
Factor de actualización: 130.044 (Nov 17) / 92.658 (Feb 2009)
F.A.: 1.4034
Costo: 85,000
Por: 1.4034
Igual: 119,289
Determinación de la ganancia en la enajenación:
Precio de venta: 178,500
Menos: 119,289
Igual: 59,211
Cuando, por alguna razón, el ingreso que se obtiene es menor que el costo de adquisición ya actualizado, entonces el resultado obtenido es una pérdida; esto lo podemos corroborar dentro del artículo 22 del Reglamento de la misma ley.


En nuestra revista digital del mes de abril, abundamos con más fuerza el ejercicio de la enajenación de bienes inmuebles.